Desde el mes que viene, los integrantes del Poder Judicial de la Nación -jueces, fiscales, defensores oficiales, funcionarios y empleados- pasarán a jubilarse bajo la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y ya no por el Consejo de la Magistratura de la Nación, un organismo judicial. Así lo dispuso a fin de año la ANSES en una resolución en la que puso en marcha la ley que modificó el régimen de jubilación y que asociaciones de magistrados pidieron que se declare inconstitucional.

“Comenzará a liquidar los beneficios otorgados al amparo de la Ley N° 24.018, correspondientes a los Magistrados, Funcionarios y Pensionados de este Poder Judicial de la Nación, del Ministerio Público de la Defensa y del Ministerio Público Fiscal, que eran liquidados mediante el circuito establecido en el derogado Decreto N° 109/76, a partir del mensual febrero de 2021, en dicho mensual se pondrán al pago los meses de Enero/2021 y Febrero/2021″, sostiene la resolución de la ANSES del 29 de diciembre pasado.

Las jubilaciones del Poder Judicial las regulaba el Consejo de la Magistratura de la Nación. Pero con la nueva ley -la 24.018 que sancionó en marzo el Congreso- ese trámite pasa a la ANSES. Desde la justicia objetan que ahora se deberán jubilar con las demoras que suele tener la ANSES y con la posibilidad de tener que hacer juicios previsionales por la forma de la liquidación. Sostienen que la formula de jubilación no la conocen y la establecerá una comisión especial que todavía no se conformó.

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